TXT · FORO DE TEXTO DE 421 ========================== Solo texto, pseudoanónimo y moderado. Para publicar o responder, entrá desde la web. 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Su artículo 154 derogó la Ley 26.737 (Ley de Tierras Rurales), que limitaba la compra de tierras rurales por extranjeros (máximo 15 % del total, tope por nacionalidad y máximo de 1.000 hectáreas en zona núcleo, entre otras restricciones). El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata presentó un amparo pidiendo que se declare inconstitucional esa derogación. La Cámara Federal de La Plata les dio la razón y frenó la medida. El 29 de septiembre de 2026, la Corte Suprema (Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti) revocó ese fallo. Argumentó que el CECIM no tenía legitimación para promover la acción colectiva y que no existía un “caso o controversia” judicial. La Corte aclaró que no se pronunció sobre la constitucionalidad del DNU. Consecuencia: al caer el freno judicial, vuelve a regir la derogación. Los límites de la Ley de Tierras dejan de aplicarse. Que significa esto: - Pérdida de control soberano sobre la tierra: se elimina una herramienta del Estado para limitar la cantidad de territorio rural en manos extranjeras, incluyendo zonas de frontera y áreas estratégicas. - Mayor riesgo de concentración extranjera: fondos de inversión, empresas o incluso Estados extranjeros pueden adquirir grandes extensiones sin los topes anteriores (15 % nacional, límites por nacionalidad y por titular). - Posible desplazamiento de productores locales: pequeños y medianos productores argentinos pueden enfrentar mayor competencia de capitales extranjeros con mayor poder de compra, lo que podría empujar precios al alza y dificultar el acceso a la tierra. - Riesgo sobre recursos estratégicos: tierra fértil, acuíferos y zonas productivas clave podrían pasar a control extranjero, lo que genera inquietudes sobre seguridad alimentaria y control del territorio a largo plazo. - Debilitamiento de la regulación estatal: al quedar derogada la ley por DNU (y sin un nuevo marco legislativo claro), se reduce la capacidad del Estado de condicionar o monitorear estas operaciones. - Impacto geopolítico y simbólico: para muchos sectores se interpreta como una cesión de soberanía territorial, especialmente sensible en un país con historial de reclamos sobre Malvinas y recursos naturales. Respuestas: >>14165 ·············································································· No.14143 · ID Pn28MKen · 29/9/26, 10:11 p. m. --------------------------------------------- La corte suprema de inmundicia La corte suprema de inmundicia La corte suprema de inmundicia Es lo mas mierda que hay ·············································································· No.14147 · ID BD5l8nWg · OP · 29/9/26, 10:12 p. m. -------------------------------------------------- https://es.wikipedia.org/wiki/Horacio_Rosatti https://es.wikipedia.org/wiki/Carlos_Rosenkrantz https://es.wikipedia.org/wiki/Ricardo_Lorenzetti ·············································································· No.14154 · ID veTGmIvo · 29/9/26, 10:16 p. m. --------------------------------------------- Y acá te quieren convencer que yendo a una marchita y votando bien arreglás las cosas. ·············································································· No.14165 · ID Ozlr79tb · 29/9/26, 10:20 p. m. --------------------------------------------- >>14140 Si la oposición es mas o menos pilla lo aprovecha. Lamentablemente estamos en manos de psicópatas e incompetentes. ·············································································· No.14172 · ID n8kB-z9q · 29/9/26, 10:23 p. m. --------------------------------------------- Tendrían que subir a 421 el libro de Del Frade que Lorenzetti hizo eliminar de todos lados, es increíble como un abogado carroñero del pami del interior llegó a la corte suprema ·············································································· No.14195 · ID FwEXlIsW · 29/9/26, 10:30 p. m. --------------------------------------------- Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas - La Plata LA CORTE DECRETÓ QUE LA SOBERANÍA NO ES UN BIEN JURÍDICO Y PUSO A LA ARGENTINA EN VENTA En un fallo escueto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de resolver el problema político en que el gobierno de Milei se había metido. Mientras el pueblo gritó con fuerza que “LA PATRIA NO SE VENDE”, la Corte entendió que no existe algo así como un bien jurídico soberanía, y rechazó nuestra demanda para evitar la derogación de la Ley de Tierras, que el presidente intentó a poco de asumir, mediante el Decreto 70/23. Lo hizo pateando la pelota afuera. No exploró el planteo jurídico. Dijo que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) no estaba legitimada. Dijo, con claridad, que este grupo de ex soldados conscriptos, combatientes de Malvinas, no podemos acudir a la Justicia en defensa de la soberanía. Extraño razonamiento, si atendemos a que esta Corte conforma el Estado argentino, en su esquema de tripartición de poderes. Un Estado argentino que, en 1982, nos mandó a batallar bajo el argumento de la “defensa de la soberanía nacional”. Rara consideración la de esta Corte. Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un Tribunal. El fallo no solo se pela con el derecho. Lo hace con la humanidad, con la razonabilidad. Esta Corte es indigna, por la temeridad y violencia con la que, sistemáticamente, violenta al pueblo argentino, a su territorio, a su capacidad de decidir. ¿El resultado? La Corte resolvió el problema político de Milei. Acaba de poner, este 29 de septiembre, a la República Argentina en venta. Acaba de decirle al mundo entero que, si quiere, pueden venir a comprar municipios, provincias, zonas de frontera, ríos, valles, bosques, quebradas, incluidas las Islas Malvinas. Tú si puedes comprar mi viento, tú si puedes comprar mi sol, tú si puedes comprar la lluvia, tú si puedes comprar el calor. Lo hizo de forma cobarde, diciendo que no lo hacía, que el problema estaba en si los excombatientes podíamos o no acudir a la justicia. Entendió que no, y al hacerlo le concedió el regalito del año a Javier y a Karina Milei. De eso, en definitiva, se trata. Que nadie salga a pretender dibujar la historia de la tragedia judicial argentina con argumentos técnicos. Es la misma Corte que, institucionalmente, adoptó hace casi 100 años la “doctrina de facto”, y convalidó lo hecho por las dictaduras en nuestro país; la que funciona con 3 miembros que tienen más poder que un dios al que nadie puede evaluar. Esa Corte, hoy, es la responsable política e institucional de la venta de las tierras argentinas a extranjeros